El gobierno escolar es el órgano
encargado de velar por los derechos y deberes de la comunidad educativa.
la función principal del gobierno escolar es el encargado de velar por los
derechos y deberes de la comunidad educativa
Quienes participar en la conformación del Gobierno Escolar es La comunidad educativa de la institución.
Quienes participar en la conformación del Gobierno Escolar es La comunidad educativa de la institución.
El Gobierno Escolar es una forma de preparación para la convivencia
democrática, por medio de la participación de todos los estamentos de la
comunidad educativa en la organización y funcionamiento del Proyecto Educativo
Institucional (PEI).
El Personero Estudiantil, es el que representa a los estudiantes en la comunidad
educativa, defiende los derechos, revisan el manual de
convivencia, el cual debe estar en derecho y articulado con la población a la
que está dirigida, porque allí se plasman las obligaciones y derechos de los
estudiantes.
Deben conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), que debe ser
construido con los actores de la educación y hacer que esa iniciativa se
conozca.
El personero debe escuchar los problemas que tienen los estudiantes, para que sea el canal de articulación con los docentes, con el rector y ese niño se sienta protegido en sus derechos.
Debe ser receptivo de las quejas de los estudiantes por violencia escolar. Tiene que trabajar por la calidad educativa de su colegio (si faltan sillas, tableros, docentes).
Debe velar porque se hable de derechos humanos la educación sexual y construcción de ciudadanía en su colegio, de la ocupación del tiempo libre y de los proyectos educativos ambientales.
El personero estudiantil es la persona a quien los estudiantes le cuentan sus problemas. Tiene voz en los consejos directivos y académicos.
El Consejo Académico es el organismo asesor del Rector, que se encarga de coordinar y velar por el cumplimiento eficaz de los objetivos docentes de la Institución, de manera que se exija y mantenga el mejor nivel académico de la enseñanza
El personero debe escuchar los problemas que tienen los estudiantes, para que sea el canal de articulación con los docentes, con el rector y ese niño se sienta protegido en sus derechos.
Debe ser receptivo de las quejas de los estudiantes por violencia escolar. Tiene que trabajar por la calidad educativa de su colegio (si faltan sillas, tableros, docentes).
Debe velar porque se hable de derechos humanos la educación sexual y construcción de ciudadanía en su colegio, de la ocupación del tiempo libre y de los proyectos educativos ambientales.
El personero estudiantil es la persona a quien los estudiantes le cuentan sus problemas. Tiene voz en los consejos directivos y académicos.
El Consejo Académico es el organismo asesor del Rector, que se encarga de coordinar y velar por el cumplimiento eficaz de los objetivos docentes de la Institución, de manera que se exija y mantenga el mejor nivel académico de la enseñanza
Las funciones del consejo directivo son:
a) Tomar las decisiones que
afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia
de otra autoridad, tales como las reservadas a la Dirección Administrativa, en
el caso de los establecimientos privados
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia
c) Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la Institución
d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos
e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado
f) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector
g) Participar en la planeación y evaluación del PEI, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos
h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa
i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante
j) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución
k) Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas
l) Establecer el procedimiento papa permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa
m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles
n)Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia y de estudiantes
o)Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares.
p) Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante Acuerdo el presupuesto de ingresos y gastos a partir del proyecto presentado por el rector.
q) Definir la administración y manejo del Fondo en concordancia con el artículo 7° del Decreto 0992 de 2002, y hacer seguimiento y control permanente al Flujo de Caja ejecutado.
r) Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los traslados presupuestales que afecten el acuerdo anual del presupuesto.
s) Aprobar los estados financieros del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva Institución, elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes.
t) Reglamentar los procedimientos presupuestales, las compras, la contratación de servicios personales, el control interno, el manejo de inventarios y el calendario presupuestal, con sujeción a las normas vigentes.
u) Determinar los actos y contratos que requieran su autorización expresa, cuando no sobrepasen los veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes y reglamentar sus procedimientos, formalidades y garantías, cuando lo considere conveniente. Para los de cuantías superiores se aplicarán las reglas del estatuto de contratación vigente.
v) Establecer los mecanismos de control para el funcionamiento del Fondo de Servicios Educativos.
w) Determinar la forma de realización de los pagos y de los recaudos del Fondo de Servicios Educativos de la Institución.
x) Fijar las prioridades en la ejecución del gasto con los recursos del Fondo de Servicios Educativos.
y) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la Institución y la forma de recolectarlos.
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia
c) Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la Institución
d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos
e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado
f) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector
g) Participar en la planeación y evaluación del PEI, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos
h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa
i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante
j) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución
k) Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas
l) Establecer el procedimiento papa permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa
m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles
n)Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia y de estudiantes
o)Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares.
p) Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante Acuerdo el presupuesto de ingresos y gastos a partir del proyecto presentado por el rector.
q) Definir la administración y manejo del Fondo en concordancia con el artículo 7° del Decreto 0992 de 2002, y hacer seguimiento y control permanente al Flujo de Caja ejecutado.
r) Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los traslados presupuestales que afecten el acuerdo anual del presupuesto.
s) Aprobar los estados financieros del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva Institución, elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes.
t) Reglamentar los procedimientos presupuestales, las compras, la contratación de servicios personales, el control interno, el manejo de inventarios y el calendario presupuestal, con sujeción a las normas vigentes.
u) Determinar los actos y contratos que requieran su autorización expresa, cuando no sobrepasen los veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes y reglamentar sus procedimientos, formalidades y garantías, cuando lo considere conveniente. Para los de cuantías superiores se aplicarán las reglas del estatuto de contratación vigente.
v) Establecer los mecanismos de control para el funcionamiento del Fondo de Servicios Educativos.
w) Determinar la forma de realización de los pagos y de los recaudos del Fondo de Servicios Educativos de la Institución.
x) Fijar las prioridades en la ejecución del gasto con los recursos del Fondo de Servicios Educativos.
y) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la Institución y la forma de recolectarlos.
El consejo de padres de
familia es un órgano de participación de los padres de familia del
establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el
proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.
Las escuelas de padres se han consolidado como una interesante
experiencia que fortalece el diálogo entre familias y docentes, al tiempo que
permite propender por estrategia para abordar diferentes problemáticas que
afectan los procesos de aprendizaje y la convivencia en el contexto escolar.
El establecimiento Educativo
con el sector productivo de su área de influencia, Se establece primero que todo para producir bienes y saber y
conocimientos necesarios para mejorar la vida; segundo es educativo por que
enseña a vivir en comunidad en forma organizada, a tomar decisiones, propias,
manejar recursos, resolver problemas, ser emprendedores y ser competentes en un
oficio o profesión y tercero es participativo por que los miembros del equipo
trabajan equitativamente, desde el inicio hasta el final del proyecto.
Las normas que reglamentan el Gobierno Escolar son:
La ley 115 del 8 de febrero de 1994, capitulo lV articulo 18 al 32.
La ley 115 del 8 de febrero de 1994, capitulo lV articulo 18 al 32.
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